Editorial

La violencia familiar y de género: Un compromiso de todos

Family and Gender Violence: a commitment

María Castellano Arroyo

Catedrática de Medicina Legal
Forense y Académico de Número de las Reales Academias de Medicina de Andalucía Oriental y Nacional de España

Actual. Med. 2017; 102 : (800): 5-6 DOI: 10.15568/am.2017.800.ed01

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La violencia familiar, y de forma particular, la violencia contra la mujer o de género, nos interesó de forma personal desde mediados de los años ochenta, continuando hasta nuestros días con contribuciones y publicaciones varias. La implicación de los poderes públicos se puso de manifiesto con la tipificación del delito de violencia en el ámbito familiar (CP 1989, 1995 y 1999) y con leyes y normas específicas posteriores (Ley Reguladora de la Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica, la ley O 11/2003 de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, extranjería y violencia doméstica y la Ley O. 1/2004 de Protección integral a las víctimas de violencia de género.

En una primera fase se arbitraron medidas de protección para las mujeres víctimas, al mismo tiempo se organizaron cursos formativos que sensibilizaron a las fuerzas de seguridad del estado instituyendo equipos de apoyo en estrecha relación con los Servicios de Atención a las Víctimas, anexos a los Institutos de Medicina legal provinciales. Más tarde se atendieron las sugerencias sobre la importancia de atender al agresor en los aspectos médicos a fin de tratar posibles adicciones a alcohol o drogas o patología mental, en el caso de que existieran, ya que la mejoría/curación del agresor proporcionaba seguridad a la víctima. Por nuestra parte siempre insistíamos en la importancia de la evaluación integral del caso y de forma particular, la valoración médico-psicológico-psiquiátrica del agresor a fin de determinar el riesgo que constituía para la víctima.

Tras más de 25 años de experiencia en la valoración integral de la violencia familiar y de género, aprovechando la celebración en Badajoz de las XXI Journées Méditerranéennes de Médecine Légale y a través de una mesa redonda hemos propuesto un Decálogo en el que hemos concentrado todas las posibles medidas preventivas que viniendo desde los diferentes frentes implicados, incidan en la prevención y erradicación de la violencia familiar y de género, en particular. Son medidas que bien coordinadas e integradas, y bien aplicadas favorecen el mejor aprovechamiento de todos los recursos de que se dispone en este campo. Cada año mueren en España alrededor de 60 mujeres a manos de su agresor; en lo que llevamos de año 2017 han ocurrido 7 homicidios de mujeres a manos de sus maridos, parejas o exparejas. Todos estamos comprometidos en la erradicación de la violencia y, de forma especial, en la que se genera en el ámbito familiar y sobre las mujeres de forma particular. Quiero agradecer a ACTUALIDAD MÉDICA que haga suyo, como el citado congreso, este Decálogo y lo proponga como editorial para su difusión en sus lectores de España y América.

DECÁLOGO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

La Medicina Legal y Forense, comprometida en la lucha contra la violencia familiar y de género considera que ésta debe ser abordada cumpliendo los siguientes objetivos estratégicos:

  1. FORMACIÓN Y EDUCACIÓN-MEDIOS DE COMUNICACIÓN
    1. Niños y jóvenes. La igualdad y el respeto al otro/a como principio de conducta. Enseñar el método para conseguir el mejor conocimiento de uno mismo, para así, conocer mejor al otro/a y aceptarlo en su personalidad e individualidad
    2. Adultos. Información y educación en la realidad legal en lo que se refiere a la obligación del respeto a las personas, iguales en derechos y en dignidad. Especial incidencia en la igualdad entre hombres y mujeres.
    3. Los medios de comunicación llegan a personas, lugares y espacios muy amplios. Tienen el deber de tratar la violencia familiar y de género con mensajes claros a través de campañas, programas y otras actuaciones, considerando estas conductas como rechazables socialmente y fuera de cualquier justificación. Transmitir el apoyo incondicional a las víctimas por parte de toda la sociedad. Aprovechar todas las oportunidades para colaborar con las directrices educativas en este ámbito.
  2. DETECCIÓN
    1. Conflicto familiar. Intervención y apoyo psicosocial y legal para su mejor solución, y como medio de prevención de la violencia
    2. Violencia de género. Identificar el problema y abordarlo precozmente con los recursos disponibles, velando y cuidando, en primer lugar, la seguridad de la víctima.
  3. ENTORNO FAMILIAR
    1. Compromiso familiar.
      1. Reconocer la realidad del hecho. Apoyar a la víctima en su seguridad y la denuncia. Participar y ayudar en la mejor orientación y solución del problema.
  4. ÁMBITO MÉDICO-ASISTENCIAL
    1. Sospecha. Dotar a los médicos de formación específica para detectar este problema en su inicio
    2. Diagnóstico. Establecer protocolos precisos para que a través de una anamnesis, síntomas y signos sea posible, para cualquier médico realizar un diagnóstico de sospecha de violencia
    3. Denuncia. En el Parte de Lesiones al Juez, el médico debe realizar una valoración realista de la situación, derivada fundamentalmente de las lesiones, poniendo especial énfasis en los riesgos inmediatos. Tomar las decisiones conducentes a asegurar las pruebas de convicción, asesorando a la víctima y buscando la colaboración especializada necesaria.
    4. Ayuda. Apoyar y ayudar a la víctima en la denuncia, evaluando su situación, así como los recursos disponibles que garanticen su seguridad inicial y los sucesivos pasos para la mejor orientación y solución al problema.
    5. Atender el problema como un tema de salud individual y pública, teniendo en cuenta la estructura familiar (hijos), situación económica-social y otras circunstancias particulares. Proporcionando de inmediato, el tratamiento que esté indicado.
  5. ÁMBITO POLICIAL
    Atender el problema adecuadamente desde su origen. Cuidar la dignidad de la víctima, facilitando la denuncia y la asistencia médica (si esta es necesaria), recabando los datos indicativos del riesgo que la situación concreta supone para la víctima e inmediato traslado al ámbito judicial.
    Ofrecer la posibilidad de solicitar la Orden de protección
  6. ÁMBITO JUDICIAL (JUECES Y MINISTERIO FISCAL)
    Valoración de la realidad y gravedad del hecho tanto por el Ministerio Fiscal (que deberá solicitar las medidas) como por el Juez que debe aprobarlas. Diligencia para tomar las medidas adecuadas a la seguridad de la víctima. Disponer las medidas necesarias para la evaluación médico-forense del agresor y de la víctima de forma precoz.
  7. EVALUACIÓN MÉDICO-FORENSE DE LA DENUNCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO. SE REALIZARÁ EN LAS UNIDADES DE VALORACIÓN INTEGRAL DE VIOLENCIA DE GÉNERO. VÍCTIMA
    1. EVALUACIÓN DE LA VÍCTIMA
      Evaluación médica y psicológica-psiquiátrica de la víctima. Valorar el daño (físico o psíquico) que pueda haber sufrido. Evaluar los apoyos médico-psicológicos necesarios para la mejor recuperación personal y socio-laboral de la víctima. Colaboración de los equipos psicosociales (psicólogos y trabajadores sociales).
  8. EVALUACIÓN DE LOS HIJOS MENORES DE EDAD
    1. Son igualmente víctimas. Valorar su papel en el conflicto. Valorar el daño psíquico sufrido. Valorar los apoyos médico-psicológicos que necesitan para superar adecuadamente y sin secuelas la situación tanto personal como familiar y social. Valorar medidas relativas a patria potestad, custodia, visitas, etc. Del presunto agresor, atendiendo a los datos reales de cada caso.
  9. EVALUACIÓN DEL AGRESOR
    ES FUNDAMENTAL. Se debe hacer la valoración médico-psicológico-psiquiátrica, la cual irá orientada a la determinación DEL RIESGO QUE ÉSTE REPRESENTA PARA LA VÍCTIMA. Para ello es preciso evaluar: personalidad (rasgos de riesgo) actitud hacia la víctima, expresión manifiesta o latente de amenazas, adicciones (alcohol, otras), incumplimiento de medidas judiciales (desobediencia, orden de alejamiento…) y comportamientos antisociales, agresivos o violentos.
  10. EVALUACIÓN INTEGRAL Y PROPUESTAS MÉDICO-SOCIALES-JUDICIALES
    1. Armonizar la información obtenida de la víctima, de los hijos y del agresor para comprender y explicar la dinámica de la relación de pareja y de la violencia.
    2. Trasladar a la autoridad judicial la realidad de la víctima: valoración del daño (a efectos judiciales de calificación de la gravedad del delito) y la situación de los hijos. Manifestar las necesidades médico-psicológicas de tratamiento para minimizar el daño y favorecer la recuperación personal y socio-laboral.
    3. Trasladar a la autoridad judicial LA REALIDAD DEL AGRESOR. La seguridad de la víctima depende del agresor, por tanto ES OBJETO MÉDICO-FORENSE PRINCIPAL LA CORRECTA VALORACIÓN DEL RIESGO QUE ESTE REPRESENTA PARA LA VÍCTIMA, especialmente en el Juzgado de guardia.